COMUNICADO PÚBLICO
“No tengan miedo no hay nada oculto que no llegue a ser descubierto, ni nada secreto que no llegue a saberse; lo que yo les digo en la oscuridad repítanlo ustedes a la luz y lo que les digo en privado proclámenlo desde las azoteas” Mateo 10:26-27.
Mujeres privadas de libertad involucradas en actividades religiosas, educativas, sociales, culturales en la Penitenciaria Nacional Femenina de Adaptación Social “PNFAS” basadas en la Constitución de la República, Convenios Internacionales , manifestamos a la sociedad en general nuestras preocupaciones relacionadas a la reforma de Ley, a las medidas para el funcionamiento del sistema penitenciario y al tratamiento de las personas detenidas en prisión preventiva o cumpliendo condena privativa de libertad a nivel general y en particular a quienes somos mujeres. No evadimos ni desconocemos que es necesario garantizar el bien del pueblo Hondureño y es urgente fortalecer la seguridad por lo que planteamos las siguientes consideraciones que deben ser difundidas y debatidas en círculos políticos, económicos y sociales del país:
- De acuerdo a la Constitución de la República vivimos en un estado de derecho, aun privadas de libertad somos sujetas de derecho. “La actividad penitenciaria se debe desarrollar con las garantías y dentro de los limites de la Constitución de la República, Tratados Internacionales y Convenios ratificados por Honduras, Leyes, Reglamentos y Sentencias Jurídicas (Art. No. 2 Ley del Sistema Penitenciario)
- Los principios y las finalidades del Sistema Penitenciario son proteger a la sociedad y la rehabilitación, reeducación y reinserción social de las personas condenadas, así como, a la retención y custodia de personas con la medida de prisión preventiva, la actividad penitenciaria se debe desarrollar con las garantías y dentro de los límites de la Ley (Art. No. 1 Ley del Sistema Penitenciario)
- Las personas privadas de libertad deben ser alojadas en diferentes establecimientos o en diferentes secciones según sexo, edad, antecedentes, motivos de detención, regidos por el principio de progresividad y de individualización del tratamiento que debe ser concedido para el desarrollo gradual, progresivo de la persona a fomentar conceptos que coadyuven al proceso de rehabilitación, reeducación y reinserción. “No solo encierro y aislamiento”.
- El delito, la corrupción son consecuencia de problemas estructurales de la Nación, es responsabilidad del Estado implementar políticas planes y proyectos de prevención del delito, de transparencia, de justicia restaurativa, de sistemas de justicia equitativos y con igualdad para el acceso y la aplicación de ellos. Todo esto orientado a considerar una Honduras mejor mas justa y equitativa con poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial independientes.
- La prisión y las demás medidas son aflictivas por el hecho mismo de la privación de la libertad por lo tanto el sistema penitenciario no debe agravar los sufrimientos inherentes a tal situación en particular con mas énfasis en las mujeres que por el simple hecho de nacer mujer es invisibilizada condenada, marginada y excluida en la sociedad.
Considerando estos argumentos solicitamos lo siguiente:
- Ante las reformas de leyes y las disposiciones para la aplicación de la justicia que se considere nuestra condición de mujer. Que se respete lo establecido en el articulo No. 25 de Ley Penitenciaria donde se establece que mujeres deben guardar prisión en Penitenciaria Nacional de Adaptación Social (PNFAS).
- Que se fortalezca el sistema de investigación para aplicar la justicia de manera equitativa sin influencias de poderes políticos para que los verdaderos responsables de actos de corrupción o delitos como extorsión y secuestro también sean requeridos y enjuiciados.
- Regular el papel de los medios de comunicación que se convierten en otros jueces, castigan doble, en los casos de las mujeres irrespetan nuestra dignidad utilizando los casos para aumentar audiencia, ventas, fomentar el odio y la discriminación de la sociedad hacia la mujer; se convierten en tortura en tratos crueles inhumanos y degradantes que afectan no solo a la mujer privada de libertad si no a sus familias.
- Que se fomente y respete la finalidad de la prisión estableciendo en los centros de detención verdaderos planes de rehabilitación, reinserción. Que se avance hacia tratamientos progresivos y no se retroceda a regímenes inhumanos, castigadores y detractores. Es importante dotar de infraestructura penitenciaria pero no es construyendo mas penales que se combate el delito o se avance a la aplicación de la justicia, que solo pica a pies descalzos.
- Así como se pretende implementar medidas coercitivas se integren políticas orientadas a la protección de la sociedad y a la rehabilitación de quienes trasgredan la Ley. Es responsabilidad del Estado garantizar la vida de los y las privadas de libertad, las mujeres recluidas en PNFAS sufrimos constante peligro por el simple hecho de colindar con Centros de Menores Infractores que también son responsabilidad del Estado y que es urgente que se establezcan programas de justicia restaurativa con particularidades a sus edades.
- Alzamos y alzaremos nuestras voces para que se respete y aplique la clasificación por sexo y edad en personas privadas de libertad especialmente en las mujeres; así como se aplican en sociedades mas avanzadas.
“NINGUNA MUJER EN EL POZO, TODAS EN PNFAS”
“LA TIPOLOGIA, EL PERFIL Y LA TRAYECTORIA DELICTIVA DE LA MUJER ES MUY DIFERENTE A LA DEL HOMBRE, SE PRESENTAN CAUSALES DE UTILIZACION, NECEDIDADES BASICAS, POBREZA Y AMOR QUE ES LA CONDICION QUE CON MAS FRECUENCIA NOS LLEVA A PRISION”
MUJERES PRIVADAS DE LIBERTAD
“LA VERDADERA LIBERTAD, ES NO TENER MIEDO”
Dado en Támara, Departamento de Francisco Morazán; a los doce días del mes de enero del año dos mil diecisiete.